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¿Es obligatorio el uso de casco en patinetes eléctricos?

por Daniel | Feb 17, 2023 | Patinetes eléctricos | 0 Comentarios

En la actualidad, existe cierta confusión en cuanto a la obligatoriedad de utilizar casco mientras se conduce un patinete eléctrico, ya que las autoridades han ofrecido información contradictoria al respecto. Aunque los patinetes eléctricos han sido categorizados en el Reglamento General de Vehículos y se han establecido una serie de normas que los usuarios deben respetar, la cuestión del uso obligatorio del casco sigue siendo ambigua.

Asimismo, se han establecido normas específicas de circulación para patinetes eléctricos, similares a las que se aplican a otros vehículos que transitan por las carreteras. La rápida proliferación de estos pequeños vehículos en áreas urbanas ha generado la necesidad de regular su uso y circulación, de la misma forma que se hace con otros medios de transporte.

En resumen, aunque los patinetes eléctricos están categorizados y regulados por las autoridades, sigue habiendo incertidumbre en cuanto a la obligatoriedad de utilizar casco al conducirlos, lo que refleja la necesidad de una mayor claridad y coherencia en la información ofrecida por las autoridades.

La ley establece que los patinetes eléctricos son clasificados como vehículos de movilidad personal (VMP) en términos legales. La definición de vehículo de movilidad personal según el Anexo II del Reglamento General de Vehículos es la siguiente:

«Vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Se excluyen de esta definición los Vehículos sin sistema de autoequilibrado y con sillín, los vehículos concebidos para competición, los vehículos para personas con movilidad reducida y los vehículos con una tensión de trabajo mayor a 100 VCC o 240 VAC, así como aquellos incluidos dentro del ámbito del Reglamento (UE) n.º 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013.»

La Ley 18/2021 del 20 de diciembre realizó cambios en el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV). En particular, se agregó un párrafo al artículo 47 que establece lo siguiente “El conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.”

La LTSV establece que es obligatorio el uso de casco de protección al conducir un patinete eléctrico, sin embargo, la clave radica en la parte posterior de la oración donde se indica que el uso del casco estará sujeto a la normativa que se determine reglamentariamente. Hasta el momento, la Dirección General de Tráfico no ha actualizado el Reglamento General de Circulación para incluir dicha obligatoriedad, por lo tanto, los conductores de patinetes eléctricos no están legalmente obligados a usar casco en la actualidad.